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El Artículo 2 del Real Decreto 865/2003, de 4 de Julio, establece el ámbito de aplicación y clasifica las instalaciones
de riesgo en función del la probabilidad de proliferación y dispersión de Legionella.
No obstante, clasifica como "otros equipos que acumulen agua y pueda producir aerosoles" como equipos de riesgo.
Legionella Consulting pone a su disposición un informe técnico de clasificación del equipo y propone el mantenimiento preventivo
específico adaptado a sus necesidades.
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